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Medicina y Salud

Sangre de cordón umbilical: se mantiene la suspensión en España sobre los bancos privados

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En mayo 2006 el Tribunal Superior de Justicia de Madrid suspendió el decreto de la Comunidad de Madrid que regulaba la constitución y el funcionamiento de los depósitos de sangre procedentes de cordón umbilical en su Territorio. El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la suspensión cautelar de dicho decreto de la Comunidad de Madrid.

02/ Julio /2008

Después del nacimiento del bebé, por lo general el cordón umbilical se desechaba junto con la placenta. No obstante, los investigadores han comprobado que la sangre recuperada del cordón umbilical es una fuente rica de células madre. Estas células son células no especializadas que pueden evolucionar para convertirse en las demás células sanguíneas, incluidas las plaquetas coagulantes y los glóbulos rojos y blancos. Al igual que la médula ósea donada, la sangre del cordón umbilical puede utilizarse para tratar diferentes trastornos genéticos que afectan a la sangre y al sistema inmunitario, la leucemia y ciertos cánceres, y algunos trastornos hereditarios bioquímicos. A fecha de hoy, son más de 45 las enfermedades que pueden tratarse con células madre de la sangre del cordón umbilical. Los transplantes de médula ósea pueden salvar la vida de personas que padecen leucemia (cáncer de los glóbulos blancos) y otros tipos de cáncer, o de personas con trastornos graves en la sangre, en las que el organismo no produce suficientes células sanguíneas. El futuro en cualquier caso es muy prometedor ya que las aplicaciones de esta terapia parece tener muchos frentes.

El origen del problema surgió en 2006 cuando, frente a una regulación de utilización pública de la sangre de cordón por parte del Gobierno, de tal manera que todos se puedan favorecer de este tratamiento, la Comunidad de Madrid aprobó un decreto sobre los bancos privados de sangre de cordón umbilical que permitía guardar el cordón para un uso propio no compartido, decreto que rechazó el Ministerio de Sanidad.

En su escrito el Supremo considera que el Tribunal Superior en su anterior sentencia hizo una valoración correcta de los perjuicios ocasionados por la aplicación de la norma madrileña y opina que son prioritarios los argumentos que defiende la Administración del Estado, estimando que si no se suspende el decreto madrileño el proceso podría perder su finalidad legítima.

Autor / fuente: Dirección Médica MAPFRE Caja Salud


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