Producto comercializado por MAPFRE SERVICIO DE PREVENCIÓN, S. L.
Se paga por cuota anual anticipada que se fracciona en varios recibos diferidos cuando la cantidad anual del contrato sobrepasa los 700€
La responsabilidad se cubre poniendo los recursos necesarios para garantizar la Seguridad y la Salud de los trabajadores a su cargo. MSP realiza una propuesta de actuaciones preventivas a realizar para conseguir dicho fin.
El que determina el plan de actuaciones preventivas que asume MSP su realización por expreso encargo del empresario.
Se establece de común acuerdo entre el Empresario y MSP. Normalmente se realizan conciertos de un año de duración renovables por periodos iguales si no existe preaviso de cancelación por alguna de las partes con al menos dos meses de antelación a su finalización.
No necesariamente. Los reconocimientos son periódicos en función de los riesgos y es el Médico del Trabajo el que determina la fecha del nuevo examen de salud considerando el propio estado de salud del trabajador.
Las pruebas médicas a realizar en los exámenes de salud están marcadas por los llamados “protocolos del Ministerio” que incluyen analíticas en determinados riesgos (por ejemplo determinadas sustancias químicas) El Médico del Trabajo puede, a su vez, determinar la necesidad de una determinada prueba analítica (u otras pruebas) cuando médicamente lo considere, teniendo en cuenta, en todo caso, que las pruebas a realizar al trabajador deben ser las estrictamente necesarias (proporcionales al riesgo) y deberán causar las menores molestias al trabajador.
No. El empresario es libre de contratar con el SPA que considere. Su decisión vendrá determinada por la garantía de calidad, de prestación de servicio y de coste como cualquier otra actividad o servicio que contrata. La actividad de las Mutuas en PRL está por Ley totalmente separada de la actividad como entidades Gestoras de la Seguridad Social.
Es una obligación legal para todas las empresas, ya que de no cumplirla pueden ser sancionadas e incurrir el empresario, en responsabilidades administrativas, civiles e incluso penales en su caso.
La Unidad Básica Sanitaria confecciona una propuesta de reconocimientos médicos y exámenes de salud a llevar a cabo a los trabajadores en función de los riesgos detectados en la EIR, priorizados en función del nivel de riesgo.
MSP presta al empresario el debido asesoramiento y apoyo en todos los temas relacionados con la PRL incluidos sobre los criterios y las actuaciones de la Autoridad laboral en el ejercicio de sus funciones en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. Las acciones jurídicas no son competencia de MSP.
Básicamente aquellas actuaciones médicas que no son reconocimientos médicos: Planificación de la Actividad Preventiva de Vigilancia y Control de la Salud (P.A.P.) Investigación de accidentes y enfermedades profesionales. Reuniones por requerimiento de la Autoridad laboral y/o Sanitaria. Asistencia a reuniones de la Empresa. Asesoramiento y apoyo en materia preventiva de Vigilancia de la Salud. Propuestas de reconocimientos médicos y exámenes de salud a llevar a cabo a los trabajadores en función de los riesgos detectados en la EIR. Gestión de Incidencias de salud. Coordinación de primeros auxilios. Promoción de la salud. Información sanitaria. Colaboración con el Sistema Nacional de Salud. Análisis de los resultados de la vigilancia de la salud y de la evaluación de riesgos con criterios epidemiológicos. Gestión Documental. Memoria anual.
El objetivo es que no existan accidentes. La Planificación de la Actividad Preventiva que propone MSP a la empresa tras la EIR determina que actividades asume MSP, su tiempo y coste estimado. Normalmente la investigación de accidentes, al ser una actividad que no sabemos de antemano que vaya a producirse, no se planifica y por tanto no se dedican recursos.
No si el Servicio de Prevención lo tiene contratado con MSP. Si el SPA lo tiene contratado con la Mutua Si, EL SPA de las Mutuas solo pueden contratar a empresas asociadas en AT.
MSP proporciona en todo momento el asesoramiento y Apoyo al empresario en materia de PRL.
Cuando existen riesgos el empresario tiene la obligación de ofrecer a los trabajadores los Reconocimientos médicos. Es voluntario para los trabajadores realizarlos, salvo que el no realizarlos supongan un peligro para ellos (por ejemplo trabajadores que expuestos a productos químicos, cancerigenos, ruido, etc.) o para otros trabajadores (por ejemplo conductores carretilleros, etc.)
No, en absoluto, son actividades y contratos totalmente diferenciados y separados. Su Mutua no querrá perderle como cliente de Mutua de AT por el hecho de que no contrate con ella misma el SPA.