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Crédito

Seguros de Crédito para el Mercado Nacional > Póliza de Seguro de Crédito Interno

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  • 01
    Quita

    La aprobación de un convenio judicial, o de una transacción extrajudicial autorizada previamente y por escrito por la Compañía, que implique una reducción o quita del importe del crédito asegurado.


  • 02
    Insuficiencia de bienes

    La imposibilidad de ejecutar la sentencia judicial firme o el laudo arbitral definitivo que reconozca el derecho de crédito del Asegurado por la inexistencia o insuficiencia de bienes libres del deudor y en su caso del garante para satisfacer, total o parcialmente, el pago de la deuda.


  • 03
    Concurso de acreedores

    La declaración del cliente deudor, mediante auto judicial firme, en situación de concurso de acreedores


  • 04
    Mora prolongada

    El impago total o parcial del crédito transcurridos seis meses desde la fecha de recepción en la Compañía del Aviso de Insolvencia Provisional y de la documentación original acreditativa de la deuda.


  • 05
    Crédito incobrable

    El acuerdo entre el Asegurado y la Compañía por el que se considere que el crédito resulta incobrable


  • 01
    Mercado objeto del seguro

    Mercado nacional. Los clientes del asegurado deben ser empresas o comerciantes españoles


  • 02
    Volumen de operaciones a asegurar

    Este producto es óptimo para empresas con un volumen de facturación anual a crédito superior a 1.200.000 €.


  • 03
    Número de clientes a clasificar

    El asegurado tiene la posibilidad de someter a clasificación crediticia a todas las empresas integrantes de su cartera de clientes con las que realice operaciones a crédito.


  • 04
    Límite de crédito máximo por cliente

    Nuestro equipo de especialistas en suscripción de riesgos analiza la situación de cada empresa a clasificar para determinar la aceptación del límite de crédito que soliciten los asegurados.


  • 05
    Primas

    Consiste en un porcentaje sobre las ventas aseguradas durante la anualidad del seguro. Inicialmente se establece una prima provisional, que se va pagando fraccionadamente, y una prima mínima anual.


  • 06
    Notificación de ventas

    El Asegurado deberá ir notificando a MAPFRE con la periodicidad que se establezca, las ventas a crédito que vaya realizando, a efectos de su inclusión bajo la cobertura de la póliza y del cálculo de la prima de la anualidad.


  • 07
    Reajuste de primas

    Una vez recibidas las notificaciones de ventas de la anualidad se calcula la prima devengada durante la misma y se practica la oportuna liquidación de reajuste de prima.


  • 08
    Indemnizaciones

    El pago de la indemnización, en caso de no haberse recuperado total o parcialmente el crédito impagado, se efectúa de forma inmediata, una vez producida la insolvencia del deudor. En los casos de insolvencia de hecho o mora prolongada, el pago se efectúa anticipando el 50% de nuestra responsabilidad transcurridos 6 meses desde la fecha de declaración del siniestro, e indemnizando el 50% restante a los 6 meses de la primera liquidación


Producto comercializado por MAPFRE CAUCION Y CREDITO

1¿Por qué el Seguro de Crédito?

Es normal que los activos materiales de una empresa, estén cubiertos contra toda contingencia a través de los seguros de daños como incendio, robo , avería, etc. Dentro del activo de una empresa, una de las partidas, que por su cuantía tiene a veces la mayor importancia, se encuentra el "realizable" o cuentas a cobrar de los clientes, que merece ser protegida adecuadamente, ya que es susceptible de originar quebrantos importantes que hagan peligrar la estabilidad económico-financiera de la empresa. En épocas de crisis, porque los incumplimientos de pago se producen afectando frecuentemente a clientes  considerados hasta ese momento como muy solventes. Y en épocas de expansión, porque el incremento de las ventas supone un crecimiento paralelo del crédito a clientes. Este crédito alcanza entonces volúmenes de riesgo que la empresa por sus medios difícilmente puede soportar y en consecuencia, si no dispone de una cobertura externa adecuada, puede ver coartada la realización de sus posibilidades de crecimiento. 

2¿Quién necesita contratar un Seguro de Crédito?

En general toda empresa que fabrique, importe, exporte, distribuya, etc. toda clase de bienes o servicios mediante venta en firme con pago aplazado de su importe. Ello excluye por consiguiente las entregas de mercancías en deposito y las ventas con pagos al contado. A la hora de aceptar una solicitud de seguro, existen algunos límites de orden práctico, como por ejemplo empresas que facturen a crédito anualmente, un importe anual inferior a los 300.000 euros.

3¿Cuáles son las principales condiciones para su contratación?

Por un lado, la inclusión en la póliza de la totalidad de la clientela del Asegurado (globalidad). Las eventuales excepciones a este principio deben basarse en causas objetivas y ser recogidas expresamente en la Póliza.

Por otro, que los clientes del Asegurado, tengan todos la calidad de "comerciantes". No se cubren ventas a particulares ( que por otra parte "salvo créditos al consumo" que no son objeto de cobertura por estas pólizas, pagan sus ventas al contado), ni tampoco las efectuadas a entidades públicas.

4¿Qué servicios añadidos ofrece el Seguro de Crédito?

El seguro de crédito, además de su función básica de indemnización de pérdidas, ofrece dos servicios cuya importancia es frecuentemente más valorada por los Asegurados, que aquella:

1. Planificación crediticia y vigilancia permanente de la solvencia de los clientes del Asegurado. Ello Supone poner a disposición del asegurado un servicio de análisis y valoración de riesgos, altamente profesional, que trabaja con información procedente de una amplísima base de datos propia y actúa con objetividad e independencia de criterio.

A estos efectos , el Asegurado debe someter a previo estudio y clasificación crediticia sus clientes habituales y sucesivamente a los nuevos con quienes vaya estableciendo relaciones comerciales. En cada caso la Compañía le comunica el Límite de Crédito aceptado y durante la vigencia del seguro, ajusta el importe de la clasificación llegando incluso a su anulación si las circunstancias de un deudor concreto lo aconsejasen.

2. Gestión de reclamación y recuperación de créditos impagados. A través de los servicios de gestión propios, extendidos por todo el territorio nacional y en conexión con los mejores profesionales en el extranjero, se gestionan las incidencias o impagados producidos por sus clientes. Este servicio constituye prácticamente una asistencia de " defensa jurídica" en este ámbito.

5¿Qué datos son precisos para formular una oferta?

Para poder formular una oferta, es preciso obtener del candidato como mínimo, la siguiente información:

  • Datos de identificación.
  • Sector de actividad.
  • Antigüedad en la actividad.
  • Volumen de ventas a crédito.
  • Distribución de los riesgos de clientes.
  • Sector de actividad a que pertenecen los clientes del candidato.
  • Experiencia anterior, referida a cobros.
  • Países en que se sitúan los clientes del candidato.
  • Medios de cobro utilizados.

Esta información y otros datos complementarios, deben ser recogidos en el impreso de "Solicitud de Seguros" que facilita la Compañía, y que debe ser cumplimentado por el gestor comercial de la misma y firmado por el candidato.

6¿Cuánto dura el seguro?

Las pólizas son contratadas por la duración inicial de un año. Se prevé su renovación tácita para anualidades sucesivas, salvo preaviso en contrario por cualquiera de las partes con, al menos, dos meses de antelación.

Cuando la rescisión se produce, las ventas aseguradas hasta ese momento permanecen bajo cobertura, en las Condiciones de la Póliza, hasta total extinción del riesgo.

7¿Qué riesgos se excluyen habitualmente?

Generalmente no son objeto de cobertura por el seguro de Crédito:

  • las ventas a organismos públicos
  • las ventas a compañías filiales o accionistas del Asegurado, salvo conformidad previa de la Compañía
  • en general, los riesgos políticos extraordinarios y los comerciales correspondientes a determinados países en caso de exportación
  • aquellos casos en que la clientela del Asegurado esté compuesta mayoritariamente por negocios como pequeñas boutiques, bares y establecimientos análogos, pequeños talleres, profesionales autónomos, etc..
8¿Qué suma se asegura?

En principio, el capital asegurado viene constituido por la suma de las ventas a crédito efectuadas por el Asegurado, deducidas las correspondientes a los créditos excluidos de las garantías. A estos efectos, el Asegurado, comunica cada mes, de forma nominativa y detallada, las ventas realizadas durante el mes anterior. La garantía del seguro puede alcanzar entre un 80 y un 90% del capital cubierto, en función de la modalidad contratada, quedando a cargo del asegurado la parte no cubierta, en concepto de coparticipación por su parte en la pérdida y al objeto de que el beneficio (lucro cesante) no sea objeto de indemnización. 

9¿Cómo se indemniza?

La indemnización definitiva, que da lugar a la terminación del expediente, tiene lugar cuando se establece la perdida final. Como en ocasiones no será posible determinar la fecha en que esta última se producirá, en la práctica se establece el pago anticipado a los seis meses en el Seguro de Crédito a la Exportación y entre 6 y 12 meses en el seguro de Crédito Interno desde la comunicación del siniestro por el Asegurado.

Las recuperaciones netas que se produzcan de los créditos impagados, son entregadas íntegramente al Asegurado. Es decir, si el importe es recuperado totalmente, el Asegurado no tendrá pérdida alguna. 

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