Resumen informativo. Para conocer el ámbito, los límites, las exclusiones y las definiciones de asegurado (o cualquier otro término empleado en la redacción) a efecto de cada una de las garantías a continuación definidas, consultar Condiciones Generales de la Póliza.
Cobertura de la responsabilidad civil obligatoria. Cubre las lesiones y los daños producidos a terceros por el vehículo asegurado con los límites legales.
Cobertura suplementaria de la Responsabilidad Civil de Suscripción Obligatoria ampliada hasta la cuantía de 50.000.000 euros.
En el caso de turismos de uso particular, se cubre la Responsabilidad civil derivada de los daños producidos a Terceros por remolques y caravanas (en el caso de declararlo en condiciones particulares) y por los objetos transportados en el vehículo asegurado.
Cubre la responsabilidad civil de tomador y conductor cuando intervengan como ciclistas (no profesional) en accidente de circulación.
Cubre la responsabilidad civil del hijo menor de edad del tomador, como conductor cuando carezca del correspondiente permiso de conducir.
Esta entidad reprueba la conducción sin carné, y recuerda que la cobertura no se extiende a la sanción de multas.
Garantiza el pago de los gastos ocasionados para la defensa jurídica del asegurado, en cualquier procedimiento judicial o arbitral derivado de accidente de circulación con el vehículo asegurado, hasta el límite fijado en las Condiciones Particulares:
Servicios y prestaciones para el vehículo y sus ocupantes, con ocasión de accidente, avería o robo, en sus desplazamientos por España y el extranjero.
Garantiza el pago de una indemnización como consecuencia de muerte o invalidez permanente del conductor en accidente de circulación con el vehículo asegurado.
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares.
Asesoramiento jurídico al asegurado en relación con las multas de tráfico, así como la preparación, redacción y presentación, en nombre del asegurado, de recursos, pliegos de descargo y alegaciones ante el Organismo competente.
Cubre la orientación y la información genérica de consultas sobre trámites administrativos y materias legales relacionados con el automóvil y el asesoramiento sobre infracciones de tráfico.
Las indemnizaciones se establecen en Condiciones Particulares.
El asegurado, al contratar el seguro, podrá elegir entre una u otra cobertura.
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por muerte o invalidez permanente del conductor a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura del Seguro del Conductor.
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia del incendio.
En caso de pérdida total la indemnización será:
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
Cubre la indemnización por la rotura parcial o total de las lunas del vehículo asegurado.
En caso de pérdida total la indemnización será:
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
En caso de sustracción de piezas se cubre el 100% del coste.
Cubre los daños que pueda sufrir el vehículo asegurado a consecuencia del accidente.
En caso de pérdida total la indemnización será:
Elección entre indemnización o reposición. En caso de pérdida total del vehículo, el asegurado podrá optar por la indemnización o por la reposición del vehículo.
Se garantiza el pago de los gastos necesarios para la limpieza y acondicionamiento del vehículo asegurado, por los desperfectos ocasionados por el traslado de heridos en el accidente de circulación hasta un centro sanitario.
Indemnización por el Consorcio de Compensación de Seguros por los daños que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de determinadas catástrofes naturales, terrorismo o actuaciones en tiempos de paz de las Fuerzas Armadas y los Cuerpos de Seguridad del Estado, con los mismos límites de la cobertura de Daños e Incendio y, en caso de tenerla contratada, de Inmovilización del Vehículo Asegurado.
Podrá contratar un seguro de automóvil a través de nuestra web, llamando al teléfono 902 44 88 44, en cualquier oficina MAPFRE, o con la mediación de su agente habitual de seguros. Deberá aportar los siguientes documentos:
Si contrata un seguro a través de nuestra web, para que el contrato quede formalizado debe remitirnos las copias de la siguiente documentación :
Si su vehículo necesita peritación, podrá entregar dicha documentación al Personal MAPFRE que realizará la verificación del estado del vehículo. Cuando reciba en su domicilio las condiciones particulares, envíelas firmadas en el sobre respuesta que le adjuntamos.
Si su vehículo no necesita peritación:
Le recordamos que de no recibir esta documentación, la formalización del contrato quedará pendiente.
Puede ampliar esta información en nuestro teléfono 902 44 88 44 o en cualquiera de nuestras oficinas.
En MAPFRE le haremos un estudio personalizado aunque tenga menos de 25 años o menos de dos años de permiso de conducir y podemos ofrecerle un seguro para su automóvil.
En MAPFRE le ofreceremos un precio adaptado a sus características de buen conductor y baja siniestralidad.
La reducción de coberturas debe realizarse a fecha de vencimiento de la póliza. Notifíquenos el cambio deseado con una antelación de quince a veinte días.
Para realizar esta notificación y modificación llame al teléfono 902 44 88 44 o diríjase a cualquier oficina MAPFRE.
Llame al teléfono 902 44 88 44. En MAPFRE estamos a su disposición 24 horas, los 365 días del año.
En caso de sufrir un accidente, siga los siguientes pasos:
La renovación se realiza de forma automática.
Aproximadamente un mes antes del vencimiento de la póliza le enviaremos el aviso de cobro, que es un documento informativo donde constan las coberturas y la prima para la siguiente anualidad.
Una vez disponga usted de los datos de la renovación, si tuviese alguna duda o quisiera efectuar algún cambio, puede llamarnos al teléfono 902 44 88 44, dirigirse a cualquier oficina MAPFRE o al agente con quien contrató el seguro.
Algunos aparatos de radio, CD´s, DVD´s, teléfonos y derivados son de contratación restringida en MAPFRE, estando sujeta a autorización por parte de la aseguradora. Si ese es su caso, diríjase a cualquier oficina MAPFRE.
Para no perder el importe de la prima pagada durante el periodo en que no dispone de coche, es necesario que vaya a cualquier oficina MAPFRE y solicite una reserva de prima no consumida. Dicha reserva le congelará el seguro desde el día que lo solicite hasta un periodo máximo de 18 meses, periodo en el cual usted podría incluir el nuevo vehículo que compre.
Para no pagar el importe de la prima pagada durante el período en que no dispone de coche, es necesario que vaya a cualquier oficina MAPFRE y solicite una reserva de prima no consumida. Dicha reserva le congelará el seguro desde el día que lo solicite hasta un período máximo de 18 meses, período en cual usted podra incluir el vehículo que desee.
La bonificación está basada en la siniestralidad de todo el año y las características particulares de la póliza. Se calcula de forma personalizada al vencimiento de la póliza.
Puede realizar el pago a través de los siguientes medios: